Cuánto cuesta la cédula de habitabilidad en Cataluña, y cuándo no hace falta pagarla
Para un piso de hasta 100 m² y un nivel interior, la cédula de segunda ocupación parte de 208,55 € con IVA y tasa incluidos, o 111,75 € si eres tú quien aporta los datos de la vivienda. Usamos una tasa de referencia, que confirmamos con la carta de pago antes de contratar. La tarifa varía por tipo, superficie y niveles interiores; los casos grandes o singulares se presupuestan antes de contratar. Antes de encargar nada, conviene comprobar una cosa que puede ahorrártelo entero: si tu cédula sigue vigente y solo has perdido el papel, no necesitas técnico ni certificado, sino una copia.
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La respuesta corta: desde 208,55 €, o 111,75 € si aportas tú los datos
La tarifa de cédula depende del tipo, superficie y niveles interiores. Este es el desglose del mínimo para piso de hasta 100 m² y un nivel interior, con dos modalidades: nos encargamos de todo o aportas tú los datos de la vivienda. Este es el desglose completo, sin nada fuera:
| Concepto | Nos encargamos de todo | Yo aporto los datos |
|---|---|---|
| Honorarios del técnico, sin IVA | 160,00 € | 80,00 € |
| IVA (21 %) | 33,60 € | 16,80 € |
| Tasa de la Agència de l'Habitatge | 14,95 € | 14,95 € |
| Precio cerrado | 208,55 € | 111,75 € |
La columna de la izquierda es el encargo completo: vamos a la vivienda, comprobamos las condiciones de habitabilidad, emitimos el certificado firmado y presentamos el expediente ante la Agència de l'Habitatge. La de la derecha es el mismo trabajo cuando eres tú quien reúne y aporta la documentación de la vivienda —croquis medido, alturas, ventanas, fotos, referencia catastral y el resto del bloque imprescindible—; ahí los honorarios bajan a la mitad y la tasa, que es de la Administración, se queda igual.
Fíjate en una cosa que sale de la propia tabla: la tasa es una parte minoritaria de la factura en el precio estándar. Todo lo demás es trabajo técnico y el IVA que lo grava. Por eso el precio de una cédula depende casi por completo de quién la hace y de cómo la hace, y por eso conviene mirar con lupa cualquier presupuesto que se aleje mucho por abajo.
Antes de pagar nada: comprueba si ya tienes una cédula vigente
Es el consejo que más dinero ahorra de toda esta guía, y casi ningún sitio que vende cédulas lo pone por delante. La cédula no caduca cuando pierdes el papel: caduca cuando se cumple su plazo. Y los plazos son largos.
Para las cédulas otorgadas desde el 3 de noviembre de 2012, el artículo 9.1 del Decret 141/2012 fija tres vigencias: 25 años para las de primera ocupación de obra nueva, 15 años para las de primera ocupación de rehabilitación y 15 años para las de segunda ocupación, que son las de la vivienda usada. Las anteriores conservan la vigencia de la norma con la que se otorgaron.
Así que la primera comprobación es gratis. La Agència de l'Habitatge de Catalunya tiene un cercador de cèdules d'habitabilitat vigents que funciona con el número de cédula o con la referencia catastral de la vivienda, y se llega a él desde la página de cédulas de la Generalitat. Si no tienes la referencia catastral a mano, la sacas con la dirección en la Sede Electrónica del Catastro. Con eso sabes en un minuto si existe cédula y si sigue viva. A partir de ahí solo hay dos caminos, y cuestan cosas muy distintas:
- Si está vigente y solo has perdido el documento, no necesitas ni técnico, ni visita, ni certificado. Lo que necesitas es una copia de la cédula vigente, que es un trámite administrativo propio y distinto ante la Agència: el de copia de cédula de habitabilidad vigente. Ahí no hay honorarios técnicos que pagar, porque no hay trabajo técnico que hacer: el expediente ya existe.
- Si está caducada o nunca ha existido, entonces sí hay que tramitar una cédula nueva de segunda ocupación, con visita y certificado firmado. Es el caso que cuesta lo que dice la tabla de arriba, y el proceso completo lo tienes desglosado en la guía de cédula caducada.
Merece la pena hacer esa consulta antes de pedir presupuesto a nadie. Nos ha pasado más de una vez: alguien nos escribe para encargar una cédula, miramos la referencia catastral y resulta que la vivienda tiene una de 2015 que le dura hasta 2030. Ese encargo no existe, y se lo decimos.
La tasa telemática: una referencia pendiente de confirmar
El trámite de la Agència de l’Habitatge sigue mostrando importes anteriores a la subida del art. 44 de la Llei 10/2026. Nuestra referencia de segunda ocupación incorpora el 2 % y el redondeo legal: 14,95 € por vivienda por vía telemática y 21,35 € presencial. Son importes calculados, pendientes de confirmar con la carta de pago antes del encargo.
Para primera ocupación o gran rehabilitación, las referencias telemáticas por vivienda son 32,35 € si se solicita una, 19,95 € entre dos y cinco y 14,95 € a partir de seis. Estos expedientes no entran en nuestra tarifa pública de renovación.
Cuando compares presupuestos, pide que se distingan honorarios, IVA y tasa, y que la tasa se justifique con el pago real. Aquí explicamos las fuentes y la discrepancia pendiente.
Tramos de cédula por superficie y niveles interiores
El precio depende del tipo, la superficie construida privativa de la vivienda —sin elementos comunes ni parcela— y los niveles interiores que se inspeccionan. Un dúplex tiene como mínimo el segundo tramo de piso; una casa de dos niveles, el segundo tramo de casa, y una de tres, el tercero. Se aplica el tramo más alto entre superficie y niveles, sin sumar recargos. Pisos de más de 250 m² o de tres niveles o más, y casas de más de 400 m² o de cuatro niveles o más, requieren presupuesto previo.
| Vivienda | Honorarios completa / datos | Total gestión completa | Total con datos |
|---|---|---|---|
| Piso · hasta 100 m² | 160,00 € / 80,00 € | 208,55 € | 111,75 € |
| Piso · más de 100 y hasta 150 m² | 180,00 € / 90,00 € | 232,75 € | 123,85 € |
| Piso · más de 150 y hasta 250 m² | 200,00 € / 100,00 € | 256,95 € | 135,95 € |
| Casa · hasta 150 m² | 180,00 € / 90,00 € | 232,75 € | 123,85 € |
| Casa · más de 150 y hasta 250 m² | 200,00 € / 100,00 € | 256,95 € | 135,95 € |
| Casa · más de 250 y hasta 400 m² | 230,00 € / 115,00 € | 293,25 € | 154,10 € |
Los niveles son los interiores de la vivienda, no la planta donde está la puerta: un piso en la quinta planta puede tener un solo nivel. La superficie útil legal del certificado se mide y verifica aparte; no la convertimos desde la construida mediante un porcentaje supuesto. Garajes, sótanos y anexos se declaran para revisar su vinculación y el alcance, sin tratarlos automáticamente como superficie habitable.
La cédula mantiene visita y comprobación técnica en ambas modalidades. «Yo aporto los datos» aplica el 50 % de honorarios cuando se valida el bloque imprescindible completo; si falta algo, el descuento es proporcional. La tasa de referencia no se descuenta y el precio se confirma por escrito antes de la visita. Primera ocupación, cambio de uso, división de viviendas o documentación técnica adicional requieren definir otro alcance.
Los dos casos en los que la cédula cuesta más de lo normal
El precio de la tabla es el de una vivienda que ya ha tenido cédula alguna vez y necesita una nueva porque la anterior ha caducado. Es la situación más común con diferencia. Pero hay dos casos en los que el trabajo técnico es mayor, y conviene saber cuál es el tuyo antes de comparar presupuestos, porque no todos los cubren.
Vivienda construida antes del 11 de agosto de 1984 que nunca ha tenido cédula. Es el caso típico del piso de los años sesenta o setenta. La disposición transitoria primera del Decret 141/2012 permite obtener la cédula si la vivienda cumple las condiciones del anexo 2 del decreto, un régimen escrito específicamente para vivienda preexistente, con exigencias adaptadas a cómo se construía entonces. No se exige el certificado de idoneidad de las viviendas posteriores a 1984, pero puede ser necesario acreditar la antigüedad con la documentación del trámite. La comprobación de habitabilidad se hace con ese anexo.
Vivienda construida después de 1984 sin cédula de primera ocupación. Aquí el expediente lleva una pieza más, y por eso sube la factura: un certificat d'idoneïtat. El artículo 15.4 del Decret 141/2012 le pide acreditar dos cosas a la vez, que la vivienda era conforme a la habitabilidad exigible el día que se terminó de construir y que hoy se sostiene con solidez y seguridad suficientes. Traducido a honorarios, eso son horas de archivo: hay que rastrear la licencia, el final de obra o lo que quede documentado del edificio. Si esos papeles aparecen rápido el sobrecoste es contenido; cuando no aparecen, es justamente lo que encarece el encargo.
Hay un tercer factor que mueve el precio y que no tiene que ver con la vivienda sino con el encargo: cuánta información aportas tú. Es la diferencia entre las dos columnas de la tabla. Si antes de la visita completas el bloque imprescindible —incluidos el croquis medido, las alturas, las ventanas, las fotos y los datos del inmueble—, se aplica el descuento máximo de la modalidad «yo aporto los datos». Revisamos lo recibido y confirmamos el precio por escrito antes de la visita. En prepara tus datos tienes la lista completa de lo que hace falta.
Qué debe incluir un presupuesto de cédula, línea por línea
Los presupuestos de cédula se comparan mal porque casi todos enseñan un número solo. Estas son las siete líneas donde se esconden las diferencias:
- Si lleva IVA. La cédula es un servicio profesional y va gravada al 21 %. Compara la base de honorarios, la cuota de IVA y la tasa por separado. Nuestros precios cerrados incluyen los tres conceptos.
- Si la tasa está dentro o fuera. La tasa telemática de referencia es de 14,95 €; la confirmamos con la carta de pago antes de cerrar el precio. Un presupuesto «desde 60 €» al que luego se le suman la tasa y el IVA no era de 60 €.
- Quién presenta la solicitud. Alguien tiene que registrar el expediente ante la Agència de l'Habitatge y seguirlo hasta que sale la cédula. Si el presupuesto no dice quién, pregúntalo: es trabajo, y si no lo hace el técnico lo acabas haciendo tú.
- Quién firma el certificado. Nombre, titulación y número de colegiado. El certificado de habitabilidad lo firma un técnico competente (artículo 15.3 del Decret 141/2012), y esa firma tiene responsabilidad detrás. En nuestro caso firma Raúl Becerra, arquitecto colegiado del COAC.
- Si incluye el desplazamiento. Es la partida que aparece después, cuando resulta que tu municipio quedaba «fuera de zona». En los cinco municipios donde trabajamos, el nuestro va incluido y no hay suplemento.
- Qué pasa si la vivienda no cumple. Que la visita detecte que falta ventilación en un baño o que una habitación no llega a la superficie mínima es posible, y entonces no hay cédula hasta que se arregle. Pregunta qué ocurre con lo pagado en ese supuesto, porque cada despacho lo resuelve distinto. Nosotros te decimos en la visita qué habría que tocar y qué implica.
- El certificado que se queda en un cajón. El certificado de habitabilidad conviene presentarlo cuanto antes. Si alguien te lo emite y el expediente se queda en un cajón, cuando pasa el tiempo o cambia la vivienda, la Agència puede pedir uno nuevo, y habría que emitirlo otra vez. Pagar dos veces el mismo certificado es el desenlace más evitable de todos, y casi siempre nace de la misma ambigüedad: nadie dejó dicho a quién le tocaba registrar el expediente.
Si vas a vender o alquilar, los dos documentos en una sola visita
Si la cédula la necesitas porque vas a vender o a alquilar, entonces necesitas también el certificado de eficiencia energética: son dos documentos obligatorios distintos, con normas distintas, y no se sustituyen. La buena noticia es que los dos empiezan por lo mismo, una visita a la vivienda, y esa visita se hace una sola vez.
CEE y cédula en una sola visita y con una única entrega de documentación. Para un piso de hasta 90 m² y un nivel interior, el precio conjunto es 330,35 €, o 221,45 € si aportas todos los datos imprescindibles. Incluye IVA y las dos tasas; la tasa de cédula es de referencia y se confirma con la carta de pago.
Un apunte sobre la tasa, porque aquí también hay confusión: en el pack se pagan las dos tasas, la del ICAEN por el certificado energético y la de la Agència por la cédula. Van sumadas dentro del precio y ninguna desaparece por contratar los dos trámites juntos. La calculadora desglosa ambas tasas, el IVA y los honorarios del conjunto.
Consulta el certificado energético en tu municipio y añade la cédula en la calculadora para ver el precio conjunto: Sant Cugat, Rubí, Cerdanyola, Ripollet y Barberà. Y si lo que te interesa es solo la parte del certificado energético, en la guía de la multa por vender o alquilar sin certificado está por qué no conviene dejarlo para el final.
Cuánto cuesta no tenerla
Aquí hay que hilar fino, porque en internet se lee mucha cifra suelta y mal atribuida. La Llei 18/2007, del dret a l'habitatge, no sanciona «vender sin cédula» como una infracción única. Sanciona cinco cosas distintas —dos de ellas, desde el 14 de julio de 2026—, y conviene saber cuál es cuál.
Vender o alquilar un inmueble que no puede obtener la cédula es infracción muy grave. El artículo 123.1.c lo dice literalmente: «Transmetre, llogar o cedir l'ús com a habitatges d'immobles que no poden obtenir la cèdula d'habitabilitat». Y el artículo 118.1 sanciona las muy graves con multa de 90.001 a 900.000 €. Ojo al matiz, que es todo el matiz: esto no castiga vender sin tener el papel en la mano, sino vender como vivienda algo que no es habitable.
No entregar la cédula al comprador es infracción grave. El artículo 26.2 de la misma ley obliga a entregarla en el momento de la transmisión, y el artículo 124.2.c tipifica como grave «no lliurar als adquirents d'un habitatge la documentació establerta com a obligatòria per aquesta llei». Las graves se sancionan con multa de 9.001 a 90.000 € (artículo 118.2). Frente a los 208,55 € del trámite, el suelo de ese tramo supera ampliamente el precio del trámite.
Anunciar la vivienda sin cédula vigente es infracción leve. Es una de las dos novedades que la Llei 11/2026 introdujo en esta ley y que rigen desde el 14 de julio de 2026: el nuevo artículo 125.2.f tipifica como leve «no disposar de la cèdula d'habitabilitat en el moment de la publicitat, la comercialització i l'oferta de l'habitatge». Vale tanto para la venta como para el alquiler, y cambia el orden de siempre: la cédula ya no puede esperar a la notaría o a la firma del contrato, sino que tiene que estar vigente el día que publicas el anuncio, igual que el certificado energético. Las leves se sancionan con multa de 3.000 a 9.000 € (artículo 118.3).
Alquilar sin cédula vigente también es infracción leve. Es la otra novedad: el nuevo artículo 125.1.c tipifica como leve «no disposar de la cèdula d'habitabilitat en el moment de formalitzar el contracte d'arrendament, la cessió d'ús, el sotsarrendament o qualsevol negoci jurídic que habiliti l'ús residencial de l'habitatge». La multa es la misma, de 3.000 a 9.000 €, y frente a los 208,55 € del trámite el suelo de ese tramo supera ampliamente el precio del trámite.
Y la razón real de que te bloqueen el alta de la luz. El artículo 124.1.e tipifica como infracción grave «prestar subministraments d'aigua, gas, electricitat o altres energies alternatives si no s'ha obtingut la cèdula d'habitabilitat». Es decir: la multa de 9.001 a 90.000 € se la lleva la compañía, no tú. Por eso no hay forma de convencer al teleoperador, ni sirve insistir, ni cambiar de comercializadora. No es una manía suya: es su expediente sancionador.
Dos datos más del artículo 118 que conviene tener. El apartado 4 permite al órgano sancionador, si lo justifica en el expediente, sancionar en el tramo inmediatamente inferior sin cambiar la calificación, pero como el tramo de las leves empieza en 3.000 € (apartado 3), ninguna multa puede imponerse por debajo de 3.000 €. Y el apartado 7 juega a favor: las multas se condonan hasta el 80 % cuando el infractor repara la infracción. Traducido: regularizar antes de que se cierre el expediente sigue siendo, con muchísima diferencia, lo más barato.
Hay además un coste que llega sin multa de por medio y que es el más frecuente de todos: la notaría para el jueves y la cédula caducada. Ahí ya no eliges técnico ni precio, pagas al que esté libre. El artículo 10 del Decret 141/2012 deja alguna puerta abierta: hay casos en que la entrega no se exige, como el inmueble que va a rehabilitarse o derribarse o el que no se destinará a vivienda, y cabe pactar ante notario entregarla más tarde con la solicitud ya en el registro. Ninguna de esas puertas es gratis. Todas se cruzan negociando, y quien negocia sin el documento negocia peor.
Precio cerrado en Sant Cugat, Rubí, Cerdanyola, Ripollet y Barberà
El Decret 141/2012 y la tasa de la Agència rigen igual en los 947 municipios de Cataluña, así que las cifras de arriba te sirven de referencia vivas donde vivas. Otra cosa es dónde pisamos nosotros: cinco ciudades, y no más. Firma Raúl Becerra, arquitecto colegiado del COAC, y de presentar el expediente ante la Agència de l'Habitatge nos ocupamos nosotros.
- Cédula de habitabilidad en Sant Cugat del Vallès
- Cédula de habitabilidad en Rubí
- Cédula de habitabilidad en Cerdanyola del Vallès
- Cédula de habitabilidad en Ripollet
- Cédula de habitabilidad en Barberà del Vallès
En cada página tienes el precio cerrado en pantalla antes de dar ningún dato de contacto. Si prefieres el presupuesto por escrito, escríbenos a hola@arqcon.es con la dirección y la referencia catastral y te lo enviamos con el desglose entre honorarios y tasa hecho.
Dudas habituales
¿Cuánto cuesta la cédula de habitabilidad en Cataluña?
Para un piso de hasta 100 m² y un nivel interior, el precio parte de 208,55 € con IVA y tasa incluidos, o de 111,75 € si eres tú quien aporta los datos de la vivienda. Dentro van los honorarios del técnico por la visita y el certificado, la presentación del expediente ante la Agència de l'Habitatge y la tasa telemática de referencia de 14,95 €, pendiente de confirmar con la carta de pago antes de contratar. No hay ninguna otra tasa asociada a la cédula.
¿Cuál es la tasa oficial de la cédula de habitabilidad?
Las referencias calculadas para segunda ocupación son 14,95 € telemática y 21,35 € presencial. Incorporan la subida legal de 2026, pero la ficha oficial aún publica cifras anteriores: confirmamos la carta de pago antes de contratar. Primera ocupación tiene otros tramos, explicados en nuestra página de precios y tasas.
¿El precio de la cédula depende del tamaño de la vivienda?
Sí. El precio depende del tipo, la superficie construida privativa de la vivienda —sin elementos comunes ni parcela— y los niveles interiores que se inspeccionan. Un dúplex tiene como mínimo el segundo tramo de piso; una casa de dos niveles, el segundo tramo de casa, y una de tres, el tercero. Se aplica el tramo más alto entre superficie y niveles, sin sumar recargos. Pisos de más de 250 m² o de tres niveles o más, y casas de más de 400 m² o de cuatro niveles o más, requieren presupuesto previo. El mínimo de piso se mantiene en 208,55 € con gestión completa o 111,75 € con datos validados, incluida la tasa de referencia pendiente de carta de pago. La documentación técnica adicional se presupuesta aparte.
He perdido la cédula pero creo que sigue vigente. ¿Tengo que pagar una nueva?
No, y es el error más caro que se comete con este trámite. Si la cédula está vigente, lo que necesitas es una copia de la cédula vigente, que es un trámite administrativo propio ante la Agència de l'Habitatge y no lleva honorarios técnicos, porque no hay visita ni certificado que hacer. Compruébalo primero en el buscador de cédulas de la Agència con la referencia catastral de la vivienda. Solo si está caducada o no existe hay que tramitar una nueva.
¿Podéis darme la cédula sin venir a ver el piso?
El precio sí te lo damos sin movernos: lo tienes en pantalla en la página de tu municipio. La cédula, no. El certificado de habitabilidad acredita que la vivienda cumple unas condiciones concretas —superficies útiles, estancias, ventilación e iluminación, equipamiento de cocina y baño— y eso se comprueba mirándolo. Quien te ofrezca una cédula sin pisar la vivienda está firmando un certificado sobre datos que no ha visto; el artículo 123.1.d de la Llei 18/2007 califica de infracción muy grave la inexactitud o la irregularidad en las certificaciones técnicas necesarias para el reconocimiento de derechos de habitabilidad.
¿Quién paga la cédula, el vendedor o el comprador?
El vendedor. La obligación de disponer de la cédula y de entregarla es de quien transmite: el artículo 26.2 de la Llei 18/2007 obliga a entregarla al comprador en el momento de la transmisión y el artículo 9.2 del Decret 141/2012 exige disponer de ella en ese momento. En el alquiler la obligación es igualmente del arrendador. Al inquilino no le corresponde pagarla, y quien la necesita para dar de alta la luz o el agua suele descubrir demasiado tarde que no la tiene.
¿Cuánto tarda en salir la cédula?
La norma le concede a la Agència de l'Habitatge un máximo de 30 días hábiles para notificar si la otorga o la deniega, y ese reloj no arranca hasta que el expediente está completo en el registro (artículo 16.1 del Decret 141/2012); agotado el plazo sin respuesta, el silencio juega a favor del solicitante (artículo 16.2). La parte que hacemos nosotros, visita y certificado, se resuelve pronto; la administrativa ya no está en nuestra mano. Por eso, si hay notaría cerrada o alguien esperando para entrar a vivir, el margen hay que reservarlo desde el principio.
¿Y si la vivienda no cumple las condiciones de habitabilidad?
Entonces no hay cédula hasta que se corrija lo que falla, y eso es exactamente lo que el trámite sirve para averiguar. Lo que solemos ver son cosas concretas y a menudo arreglables: una ventilación que no llega, una habitación por debajo de la superficie mínima, un baño sin renovación de aire. En la visita te decimos qué habría que tocar antes de emitir nada, para que decidas con el dato delante en vez de pagar un certificado que no se puede firmar.
Calcula lo que te costaría
¿Prefieres rebajar el precio?
Si nos aportas tú los datos de la vivienda, el precio baja. Aquí tienes la lista de lo que hay que reunir, con el porqué de cada cosa.
Ver qué hay que preparar